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Prestación asistencial por desempleo

- ¿Qué es la prestación asistencial por desempleo?

- ¿Qué requisitos debo cumplir para poder percibirla?

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- ¿Cuál es la duración del subsidio?

- ¿A qué cuantía tengo derecho?

- ¿Cuál es el plazo para solicitarlo?

- ¿Desde qué momento comienza a computar el citado plazo?

- ¿Dónde debo acudir?

- ¿Qué documentación debo aportar?

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¿Qué es la prestación asistencial por desempleo?

Se trata de un subsidio, los conocidos comúnmente como "426€"; una cantidad monetaria, que percibe el ciudadano como consecuencia de un derecho adquirido al cumplir una serie de requisitos, cada vez más restrictivos, que expondremos a continuación.

¿Qué requisitos debo cumplir para poder percibirla?

  1. Estar desempleado.
  2. Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 15 días, desde la situación legal de desempleo.
  3. Tener cotizados al menos tres meses, si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene, y no tener cotizados los anteriormente mencionados 360 días.
  4. Carecer de rentas de cualquier clase - alquileres, ayudas asistenciales, rendimientos de capital mobiliario, etc. - superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional, excluidas las pagas extraordinarias.

¿Cuál es la duración del subsidio?

La duración dependerá de las circunstancias personales y familiares y, también, del tiempo que haya cotizado.

- En caso de tener cargas familiares:

  1. 3, 4 o 5 meses, si tiene cotizados 3, 4 o 5 meses, respectivamente
  2. 21 meses, si tuviere cotizados 6 meses o más.

- Si no se tienen cargas familiares, la duración será de 6 meses si usted hubiere cotizado 6 meses o más.

¿A qué cuantía tengo derecho?

La prestación asistencial por desempleo asciende a un máximo total de 426 euros (el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). Ahora bien, los 426 euros hacen referencia al máximo, sin embargo, esta cuantía puede variar dependiendo de diferentes factores, como pueden ser el número de hijos y la edad de los mismos, la edad del receptor de la prestación o las horas efectivamente trabajadas; por lo que el cálculo es personal y varía dependiendo de la situación del beneficiario.

¿Cuál es el plazo para solicitarlo?

Se ha fijado un plazo que no podrá exceder de los 15 días.

¿Desde qué momento comienza a computar el citado plazo?

El primer día a contar será desde que se produce la situación legal de desempleo (es decir, desde que se produce el despido).

¿Dónde debo acudir?

El lugar de solicitud de la prestación será una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE (antiguo INEM), concretamente a la oficina de prestaciones.

Aunque por otro lado, se ofrece la opción de solicitarlo de forma telemática a través del siguiente link. https://sede.sepe.gob.es/.

¿Qué documentación debo aportar?

  1. Solicitud cumplimentada. Esta puede obtenerse a través de la anterior dirección web o, en caso de optar por la solicitud presencial, podrá encontrar la misma en la oficina de empleo, donde el personal allí presente se la facilitará.
  2. Junto con la anterior solicitud se deberá aportar su número de identificación personal (DNI o su documento de identificación si es extranjera/o). Así como su Libro de Familia (en el caso de ser extranjero/a su documento equivalente).
  3. Aportación del documento que muestre que usted se encuentra, realmente, en situación legal de desempleo.
  4. Para concluir, es posible que se exija aportar un certificado de rentas, así como un certificado de rentas de la unidad familiar.

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