Te exponemos las preguntas más frecuentes - y sus respuestas - en relación a la prestación por desempleo del trabajador autonomo o trabajador por cuenta propia, requisitos, condiciones, duración, etc..
Se pueden acoger a esta prestación los trabajadores incluidos en el RETA siempre y cuando tengan cubiertas las contingencias derivadas de enfermedades profesionales y accidentes de trabajadores.
Los trabajadores económicamente dependientes.
Y, por último los trabajadores autónomos que se encuentran inmersos en el Régimen Especial de los trabajadores del Mar.
Los requisitos a cumplir por el trabajador autonomo son los siguientes:
En este sentido la diferencia entre los trabajadores por cuenta ajena y los que actúan por cuenta papia es mas que notable. Mientras que el tiempo máximo durante el que cobra un trabajador por cuenta ajena la prestación por desempleo es de 2 años; un trabajador autónomo solo podrá hacerlo durante un año, teniendo presente el tiempo cotizado.
TIEMPO COTIZADO | DURACIÓN PRESTACIÓN |
De 12 a 17 meses |
2 MESES |
De 18 a 23 meses |
3 MESES |
De 24 a 29 meses |
4 MESES |
De 30 a 35 meses |
5 MESES |
De 36 a 42 meses |
6 MESES |
De 43 a 47 meses |
8 MESES |
De 48 meses en adelante |
12 MESES |
Esta tabla que hemos creado es para todos aquellos trabajadores autónomos que sean menores de sesenta años, ahora bien, cuando el trabajador autónomo alcanza la edad de 60 años, la duración de la prestación aumenta en beneficio del trabajador.
TIEMPO COTIZADO | DURACIÓN PRESTACIÓN |
De 12 a 17 meses |
2 MESES |
De 18 a 23 meses |
4 MESES |
De 24 a 29 meses |
6 MESES |
De 30 a 35 meses |
8 MESES |
De 36 a 42 meses |
10 MESES |
De 43 meses en adelante |
12 MESES |
Esta dependerá de varios factores. El primero de los pasos es tomar el 70% de la base reguladora del trabajador, haciendo el promedio de todas las bases por las que le autónomo ha cotizado en el último año. Este periodo de 12 meses debe ser continuado y justamente anterior al cese de la actividad.
Ahora bien, esta cuantía (máxima)se incrementará resultando ser de hasta un 175% del IPREM, con la excepción de si el autónomo tiene un hijo, en cuyo caso será del 200 o del 225%, dependiendo del número de hijos a su cargo.
Por otro lado, la cuantía mínima a cobrar es del 107% o del 80% del citado indicador dependiendo dicha elección de si tiene o no hijos a su cargo.
Si el trabajador por cuenta propio ha percibido ya la prestación por desempleo deberá esperar para poder volver a instarla 18 meses.
Esta pregunta tiene varias respuestas atendiendo a una serie de fundamentos.
Se permite a los trabajadores autónomos, al igual que sucede con los trabajadores por cuenta ajena optar por el pago único de la prestación por desempleo cuando el fin de citada modalidad de cobro sea la realización de una actividad profesional.
Esta modalidad de pago podrá instarse siempre que:
El plazo de resolución es de 30 días, teniendo un mes desde que se recibe la prestación en pago único hasta el inicio de la actividad.
La percepción de esta prestación es compatible con la adquisición de otro tipo de ayudas.
Esperamos que esta información te haya sido útil. Recuerda que puedes enviarnos tus dudas a través de la sección contacto.
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23 de Febrero de 2014. Asociación de Jóvenes Letrados.
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